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Funciones del CLC

Las funciones del Col·legi de Logopedes de Catalunya se recogen en el artículo 5 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre colegios profesionales, en el artículo 36 Finalidades de la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales y en el Capítulo II Fines y Funciones de los Estatutos del CLC.