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Declaración de posicionamientos y buenas prácticas en el ejercicio profesional de la logopedia

2. Trastornos del procesamiento auditivo central

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El logopeda es el profesional sanitario competente para prevenir, evaluar e intervenir en los trastornos del procesamiento auditivo central, y debe mantener una formación actualizada para garantizar una intervención basada en la evidencia científica y ajustada a las necesidades individuales.

El CLC impulsa la investigación para establecer criterios diagnósticos estandarizados y conocer la prevalencia local, así como para desarrollar instrumentos de evaluación y herramientas adaptadas al contexto lingüístico y cultural en catalán y castellano.

El CLC defiende un abordaje interdisciplinario para atender la complejidad del trastorno, promoviendo la coordinación entre logopedas, médicos otorrinolaringólogos, neurólogos, psicólogos y educadores, con el objetivo de mejorar la calidad de vida y la participación social de las personas afectadas.

Criterios para regular el tratamiento

Se regulará la intensidad del tratamiento logopédico ante alguna circunstancia que impida o interfiera en la evolución correcta del proceso y en la mejora funcional del paciente. Concretamente, los pacientes que presenten: 

  • Falta de colaboración, con rechazo a la terapia, incomparecencia al tratamiento o no cumplimiento de las pautas indicadas. Falta de responsabilidad del paciente en su proceso asistencial.
  • Déficit de niveles mínimos de alerta, consciencia, atención, cognición y colaboración para participar en una rehabilitación de la comunicación. 
  • Pacientes que presentan trastornos de conducta o de adicción que impiden el aprendizaje.
  • Falta de apoyo sociofamiliar adecuado cuando este es imprescindible para el tratamiento.
  • Circunstancias externas que impidan o interfieran en la evolución correcta del proceso y la mejora funcional del paciente.