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Declaración de posicionamientos y buenas prácticas en el ejercicio profesional de la logopedia

15. Trastornos aerodigestivos

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El logopeda es el profesional sanitario competente para prevenir, evaluar, diagnosticar e intervenir en los trastornos de las vías aerodigestivas, concretamente en las alteraciones de la voz, la deglución y la respiración, y debe mantener una formación específica y actualizada en este ámbito.

El CLC impulsa la investigación sobre la prevalencia, el impacto funcional, la evaluación y la intervención en los trastornos aerodigestivos, promueve la creación y validación de instrumentos adaptados al contexto lingüístico y cultural en catalán y castellano.

El CLC defiende un abordaje interdisciplinario y basado en la evidencia en el tratamiento de los trastornos aerodigestivos, y fomenta la colaboración entre profesionales y la participación activa de la persona y su entorno. Aconseja evitar prácticas clínicas no fundamentadas científicamente.

Requisitos de alta

Criterios de alta de rehabilitación
El tratamiento finaliza en el momento en que se da alguna de estas situaciones:

  • Se han alcanzado los objetivos terapéuticos.
  • El paciente no mejora con el tratamiento y no se puede ofrecer ninguna otra opción de tratamiento rehabilitador.
  • Otros impedimentos particulares del paciente para continuar con el tratamiento (incluye contraindicación del tratamiento por riesgo de empeoramiento clínico de alguna comorbilidad, el paciente rechaza el tratamiento, etc.).


Criterios para mantener un tratamiento
El hecho de que el paciente haya experimentado mejora progresiva de su situación funcional a lo largo del tratamiento y se observe que todavía hay posibilidad de mejora es criterio para prolongar un tratamiento, también más allá de la fecha de alta correspondiente a un tratamiento con duración estándar.

Las pruebas objetivas y subjetivas realizadas en la valoración inicial con el paciente son un aspecto clave. Por este motivo, es recomendable, al final del tratamiento o un tiempo después (3/6 meses del alta), poder volver a evaluar al paciente con las mismas pruebas (si no es posible hacerlas todas, al menos las que tienen relación con la funcionalidad muscular y las funciones orales).