Declaración de posicionamientos y buenas prácticas en el ejercicio profesional de la logopedia
Adenda. La autorregulación profesional en logopedia
Descarga el capítuloReserva de actividad o de funciones y delimitación competencial
La reserva de actividad o de funciones consiste en la atribución legal exclusiva de determinados actos profesionales a unas profesiones concretas, con el fin de proteger la seguridad de las personas usuarias y garantizar la calidad asistencial. Solamente el Estado, en ejercicio de sus competencias constitucionales, tiene la facultad de esta delimitación competencial, concediendo la atribución legal para el ejercicio de determinadas actividades. En el entorno sanitario español, las profesiones tradicionales —como medicina, enfermería o farmacia— cuentan con reservas explícitas definidas en leyes sectoriales y desarrolladas por reglamentos históricos que delimitan con precisión sus funciones: diagnosticar enfermedades, realizar determinadas técnicas, prescribir fármacos o dispensar medicamentos, entre otras.
Las profesiones sanitarias emergentes —logopedia, terapia ocupacional, nutrición, psicología— no disponen de un catálogo detallado de actos exclusivos o propios de la profesión. El legislador define su ámbito de intervención de forma amplia a través de la LOPS y de los reales decretos por los cuales se establecen los títulos universitarios, pero deja margen a la interpretación práctica. De hecho, la misma LOPS en su exposición de motivos manifiesta la «necesidad de resolver, con pactos interprofesionales previos a cualquier normativa reguladora, la cuestión de los ámbitos competenciales de las profesiones sanitarias manteniendo la voluntad de reconocer simultáneamente los crecientes espacios competenciales compartidos interprofesionalmente y los muy relevantes espacios específicos de cada profesión».
Con todo, esta situación provoca cierta ambigüedad competencial y la posibilidad de solapamientos entre profesiones.
Frente a este escenario, la autorregulación colegial desempeña un papel decisivo. Al precisar estándares de práctica y criterios técnicos, los colegios profesionales contribuyen a perfilar qué actos corresponden al logopeda y a justificar su intervención ante administraciones, aseguradoras y juzgados. Así, la convivencia entre profesiones facultativas y no facultativas se articula mediante la coordinación interprofesional y la interpretación razonada de límites y responsabilidades.