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Declaración de posicionamientos y buenas prácticas en el ejercicio profesional de la logopedia

7. Trastorno del desarrollo de los sonidos del habla

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El logopeda es el profesional sanitario competente para evaluar, diagnosticar, prevenir e intervenir en los trastornos del desarrollo de los sonidos del habla, y debe mantener una formación actualizada para adaptarse a los avances en las definiciones, los instrumentos y las técnicas terapéuticas, así como adaptarse a la diversidad lingüística de los niños y niñas de nuestro entorno.

El CLC promueve la investigación para conocer la prevalencia local, desarrollar instrumentos de evaluación e intervención adaptados a los contextos lingüísticos catalán y castellano, y crear conjuntos básicos de categorías CIF que permitan identificar los elementos afectados por los trastornos del desarrollo de los sonidos del habla.

El CLC defiende un abordaje interdisciplinario basado en la evidencia, con diagnóstico y tratamiento esencialmente logopédicos, con interconsultas a especialistas en neurología, otorrinolaringología o psicología cuando sea necesario, garantizando así una intervención integral y centrada en la persona.

Información mínima necesaria del derivador

Las alteraciones de los sonidos del habla son trastornos que generan gran preocupación en los padres y madres de los niños afectados. Este hecho hace que la demanda de atención sanitaria se pueda producir de forma directa a los servicios de logopedia o por derivación del médico pediatra; en este caso deberá aportar información relativa a:

  • Orientación diagnóstica con información de las estructuras e hipótesis del impacto en la funcionalidad.
  • Tiempo de evolución de la clínica y repercusión en las actividades de la vida diaria del paciente.
  • Pruebas complementarias relacionadas realizadas, resultado, interpretación y fecha de realización.
  • Tratamientos relacionados realizados.